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Clausulas de pago

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

EXTRACTO DE CLÁUSULAS CONTRATO
 

CLÁUSULA SÉPTIMA, PAGO ACTUALIZADO.- Para que el estudiante tenga derecho a validación final o periodo respectivo el CONTRATANTE deberá estar actualizado en el pago de sus colegiaturas.
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA, RESCISIÓN.- Serán causas de rescisión de contrato atribuible al CONTRATANTE:
A) La falta de pago de tres mensualidades correspondientes a las colegiaturas.
La sanción por concepto de la rescisión será BAJA INMEDIATA DEL PROGRAMA EDUCATIVO en que esté inscrito el estudiante.


 

 

EXTRACTO DE CLÁUSULAS DEL ESTATUTO GENERAL

ARTÍCULO 83.- El alumno podrá causar baja temporal o definitiva por alguna de las siguientes situaciones:
I. Por baja voluntaria;
II. Por insuficiencia académica;
III. Por conducta universitaria inadecuada;
IV. Por incumplimiento a las obligaciones financiero-administrativas;
V. Por impedimento especial.

ARTÍCULO 94.- Son obligaciones de los alumnos:
III. Cubrir los requerimientos financieros y administrativos, en forma;



EN CASO DE HABER REALIZADO SU PAGO EN BANCO Y/O TRANSFERENCIA, FAVOR DE ENTREGAR SU COMPROBANTE AL DEPARTAMENTO DE CRÉDITO Y COBRANZA PARA SU APLICACIÓN Y ELIMINACIÓN DE CARTERA VENCIDA.

ATTE: CRÉDITO Y COBRANZA UFLP

 

 

 


 

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